01 Jul Hacienda podrá sacar a los autónomos del Régimen de Módulos sin Inspección Previa: el TEAC respalda la decisión
El 27 de mayo, el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) publicó una resolución que permite a Hacienda verificar que los autónomos que tributan por el régimen de estimación objetiva -o módulos- cumplen con los requisitos sin necesidad de realizar una inspección. Esta decisión del TEAC sigue la línea establecida por el Tribunal Supremo hace unos meses, que confirmó el derecho de la Agencia Tributaria a excluir a los autónomos del régimen de módulos si exceden los límites de ingresos permitidos.
La resolución del TEAC subraya que el régimen de estimación objetiva no es un sistema tributario especial, sino un método para calcular la base imponible de los autónomos. De esta forma, unifica el criterio de ambos tribunales y establece jurisprudencia sobre cómo debe actuar la Agencia Tributaria en estos casos.
Esta decisión llega en un momento en que Hacienda está intensificando la supervisión de los autónomos que tributan por módulos. Desde el 22 de abril, los autónomos que no cumplen con los límites o que encuentran el régimen de módulos desfavorable, han tenido la oportunidad de abandonar este sistema.
Hacienda podrá fiscalizar a los autónomos en régimen de módulos directamente: TEAC respaldando al Supremo
El caso que originó esta resolución proviene de los tribunales gallegos, donde un autónomo reclamó después de que un órgano gestor lo excluyera del sistema de módulos por exceder el límite de ingresos de 250.000 euros. Como la exclusión no fue realizada por la Inspección, el autónomo alegó exceso de competencias. Inicialmente, los jueces fallaron a favor del autónomo, declarando nula la exclusión.
Sin embargo, el Tribunal Supremo falló en contra de esta decisión, afirmando que los órganos gestores tienen la capacidad de realizar comprobaciones y regularizar la situación del autónomo, aunque no se trate de una inspección. Este tipo de comprobaciones, no obstante, no puede incluir el examen de la contabilidad del autónomo.
El TEAC ha reafirmado este criterio, indicando que el régimen de estimación objetiva es simplemente un método para determinar la base imponible, y los procedimientos gestores pueden verificarlo.
Hacienda utiliza datos de facturas de clientes para verificar límites
Sin necesidad de inspeccionar la contabilidad de los autónomos, Hacienda utiliza los datos proporcionados por los clientes de los autónomos para verificar si cumplen con los límites establecidos para tributar por módulos. José María Mollinedo, secretario general del sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha), explicó que la Agencia Tributaria cruza los datos declarados por los clientes de los autónomos.
Si los clientes declaran facturas que suman más de 125.000 o 250.000 euros, dependiendo del caso, Hacienda puede usar esta información para comprobar los ingresos del autónomo. Si se exceden los límites, Hacienda puede excluir al autónomo del régimen de estimación objetiva sin necesidad de una inspección formal.
Límites de ingresos para tributar en régimen de módulos: 125.000 o 250.000 Euros
Hacienda ha mantenido los límites de ingresos que los autónomos deben cumplir para tributar en el régimen de estimación objetiva. Estos límites son de 250.000 euros para ventas directas a particulares, como en el caso de hosteleros y comerciantes, y 125.000 euros para facturación a otras empresas.
Si la declaración de la renta del año anterior muestra ingresos superiores a estos límites, Hacienda puede excluir a los autónomos del sistema de módulos mediante una simple comprobación, sin necesidad de una inspección. En estos casos, Hacienda podría reclamar la diferencia de los impuestos que el autónomo debería haber pagado bajo el sistema de estimación directa.
Los autónomos tienen hasta el 22 de abril de cada año para renunciar al sistema de módulos si ya no cumplen con los requisitos. La renuncia voluntaria no implica sanciones adicionales, algo que podría ocurrir si es Hacienda quien realiza la comprobación.
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