Trabajar durante la DANA. ¿Me pueden obligar?

Persona de pie bajo la lluvia vista a través de un cristal mojado, simbolizando los desafíos de desplazarse y asistir al trabajo durante la DANA.

Trabajar durante la DANA. ¿Me pueden obligar?

El reciente paso de la DANA ha dejado tras de sí una ola de desastres, afectando gravemente a comunidades de España, especialmente en Valencia, donde la intensidad del temporal colapsó carreteras y dejó un rastro de daños devastadores. La tragedia ha planteado preguntas fundamentales para muchos trabajadores, enfrentados a la decisión de exponerse o priorizar su seguridad en el trayecto hacia sus lugares de trabajo. Esto ha llevado a una pregunta recurrente: ¿puede un trabajador ser sancionado o incluso despedido por no asistir al trabajo durante la DANA?

Amparo legal: la seguridad ante todo

En España, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) establece que, en situaciones de riesgo inminente y grave para la salud o seguridad, como las creadas por la DANA, los trabajadores tienen derecho a cesar su actividad y abandonar el puesto de trabajo. Esto incluye tanto interrumpir la jornada en el lugar de trabajo como la opción de no acudir en caso de que el trayecto implique un riesgo para la integridad del trabajador. Según el artículo 21 de la LPRL, se entiende que si el trabajador puede demostrar un peligro inminente, como carreteras bloqueadas o una alerta meteorológica oficial, su ausencia queda justificada.

Justificación y comunicación

Para beneficiarse de este derecho, el trabajador debe justificar la imposibilidad de desplazarse, aportando pruebas como reportes meteorológicos, fotos de carreteras bloqueadas o cortes en el transporte público. Además, es esencial que informe de inmediato a la empresa sobre su situación, evitando posibles malentendidos o sanciones por ausencias no justificadas.

¿Es obligatorio recuperar el día de trabajo?

La cuestión de recuperar las horas o días perdidos varía según las circunstancias. En situaciones donde la empresa mantiene la actividad y el trabajador decide no asistir por riesgo personal, podría requerirse una recuperación de horas, siempre y cuando no exista un peligro validado oficialmente. Sin embargo, si la empresa paraliza sus operaciones por el temporal o si las autoridades recomiendan no desplazarse, no debería exigirse al trabajador la recuperación del tiempo.

ERTES por fuerza mayor: una medida en casos prolongados

Si las condiciones impiden que la actividad laboral se retome a corto plazo, las empresas pueden aplicar un ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo) por fuerza mayor, lo que permite suspender temporalmente los contratos de trabajo sin repercusiones legales para los empleados. Durante el ERTE, los trabajadores pueden acceder a prestaciones por desempleo sin consumir sus cotizaciones previas.

Responsabilidad de las empresas y medidas alternativas

La coordinación entre empresas y autoridades es crucial en estos casos para garantizar la seguridad de los trabajadores. Las empresas pueden implementar medidas preventivas, como teletrabajo o permisos temporales, cuando las condiciones de desplazamiento sean peligrosas. Estas acciones no solo protegen a los empleados, sino que también favorecen un ambiente de confianza y respeto.

Conclusión

La legislación española respalda la seguridad del trabajador como prioridad. En situaciones de riesgo como la DANA, los empleados tienen derecho a protegerse sin miedo a represalias, siempre que justifiquen sus ausencias. La prevención, responsabilidad y comunicación entre empleados y empresas resultan esenciales para superar con seguridad y solidaridad estos momentos difíciles. Si quieres más información sobre esto o cualquier noticia de actualidad jurídica no dudes en contactarnos.