11 Ago La baja de los autónomos en 2025: qué cambia y cómo te afecta
En Arias Assessors, llevamos más de 25 años asesorando a trabajadores por cuenta propia desde el corazón de Barcelona. Por eso, cuando se trata de entender cómo funciona la baja de los autónomos, no solo nos basamos en la ley, sino también en la realidad que viven nuestros clientes cada día. Y este 2025, hay novedades que vale la pena conocer si eres autónomo y te preocupa qué pasará con tu negocio si tienes que dejar de trabajar por enfermedad o accidente.
Desde que entró en vigor el sistema de cotización por ingresos reales en 2023, las reglas del juego han cambiado. Ahora, lo que cobras durante una baja médica depende de cuánto cotizas, y eso lo marca tu rendimiento neto. Pero ¿sabías que solo el 5% de los autónomos llega a solicitar esta prestación? La razón principal: no compensa si no lo tienes bien planificado.
¿Qué requisitos necesitas para cobrar la baja si eres autónomo?
Para acceder a la prestación por incapacidad temporal (IT), es imprescindible haber cotizado al menos 12 meses. Sin esa antigüedad, la Seguridad Social no reconoce el derecho a cobrar por baja común.
Además, es obligatorio:
- Estar dado de alta en el RETA en el momento de la baja.
- Estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
- Haber cotizado por contingencias comunes y profesionales, dependiendo de si la baja es por enfermedad o accidente.
En nuestro despacho, una de las consultas más habituales es: «¿Tengo que hacer algo especial para estar cubierto?» Y la respuesta es clara: sí, debes revisar tu base de cotización. Porque ahí está la clave.
Cómo calcular la prestación por incapacidad temporal paso a paso
La baja de los autónomos se calcula aplicando un porcentaje a la base por la que cotizan. Ese porcentaje varía en función de:
- Si la baja es por enfermedad común o accidente.
- Cuántos días han pasado desde el inicio de la incapacidad.
Los importes son los siguientes:
En caso de enfermedad común:
- Del día 4 al 20 de la baja: 60% de la base de cotización.
- A partir del día 21: 75% de la base.
En caso de accidente laboral o enfermedad profesional:
- Desde el día siguiente a la baja: 75% de la base, sin periodo de carencia.
Es importante destacar que el cálculo se hace en función de los días reales de baja. Es decir, no siempre se cobra un mes completo, algo que muchos desconocen hasta que se ven en la situación.
Baja por enfermedad común vs. accidente laboral: diferencias clave
Una de las diferencias fundamentales que explicamos a nuestros clientes es el impacto del tipo de contingencia en el cobro de la prestación.
Por ejemplo, si te rompes un brazo en casa y estás de baja por enfermedad común, comenzarás a cobrar el 60% desde el cuarto día. En cambio, si te lesionas trabajando —algo frecuente entre transportistas, autónomos de la construcción o peluqueros—, el 75% se activa desde el día siguiente.
Esto hace que muchos autónomos opten por cotizar también por contingencias profesionales, aunque no sea obligatorio. En Arias Assessors, recomendamos hacer este ajuste si tu actividad tiene riesgos físicos, ya que marca una gran diferencia económica en caso de baja.
Ejemplos prácticos: lo que cobra un autónomo de baja según su base
Para que lo entiendas mejor, aquí te mostramos ejemplos concretos:
Caso 1: autónomo con ingresos bajos (base mínima)
- Cotiza por una base cercana a 670 €.
- Baja por enfermedad común durante 15 días.
- Percibirá entre 392 € y 431 €, calculado en proporción a los días de baja.
Caso 2: autónomo con ingresos medios (1.600 €/mes)
- Baja de 14 días por enfermedad común.
- Al 60% de la base, recibiría entre 576 € y 1.020 € (ajustado a los días de baja: entre 288 € y 510 € aprox.)
Caso 3: autónomo con enfermedad profesional
- Base de 2.000 €.
- Baja por accidente laboral durante 20 días.
- Cobra el 75% desde el día siguiente: unos 1.500 €, proporcional al tiempo.
Estos cálculos permiten prever de forma realista cuánto ingresarás si te ves obligado a interrumpir tu actividad. Algo que todo autónomo debería tener en cuenta al elegir su base de cotización.
Consejos de Arias Assessors para no perder dinero durante tu baja
Desde nuestra experiencia diaria, estos son los consejos que damos a quienes quieren estar bien cubiertos ante una eventual baja de los autónomos:
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Cotiza en función de tus ingresos reales. Evita las bases mínimas si puedes permitirlo. Lo barato sale caro si te ves obligado a parar.
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Asegúrate de cotizar por contingencias profesionales, sobre todo si tu actividad implica algún riesgo físico.
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Valora contratar un seguro de baja complementario. Algunas mutuas ofrecen productos específicos para autónomos que cubren las carencias del sistema público.
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Revisa tu situación cada año. Cambian tus ingresos, cambia tu base. No dejes pasar revisiones que pueden proteger tu futuro.
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Consulta con asesores expertos. En Arias Assessors, nos encargamos de analizar tu caso, simular escenarios y ayudarte a elegir la mejor estrategia para no quedarte desprotegido.
Conclusión: planifica bien tu cotización si quieres estar cubierto
La baja de los autónomos no es un derecho garantizado si no haces los deberes. Hay que cotizar adecuadamente, conocer las reglas, y planificar con antelación.
En Arias Assessors estamos para ayudarte a entender cuánto cobrarás si te pones enfermo, cómo ajustar tu cotización y qué alternativas existen para complementar tus ingresos si no puedes trabajar.
No dejes tu tranquilidad en manos del azar. Si tienes dudas, ven a vernos. Lo analizamos contigo, sin compromiso.