04 Nov El Supremo frena las derivaciones automáticas de Hacienda: hará falta probar dolo o culpa (STS 3465/2025)
Hacienda ya no puede reclamar a los administradores las deudas de su empresa solo por el cargo. La STS 3465/2025 exige probar dolo o culpa y motivar caso por caso.
Qué cambia y por qué te importa
La sentencia interpreta el art. 43.1.a) LGT: si la AEAT quiere derivar responsabilidad a un administrador, debe individualizar su conducta, explicar qué hizo o dejó de hacer y aportar pruebas de culpa o dolo.
En Arias lo vemos como un giro relevante: al quedar claro que El Supremo frena las derivaciones automáticas, se acabaron los “copiar/pegar” que daban por hecho la responsabilidad del administrador sin análisis específico.
Claves rápidas
- No desaparece la responsabilidad del administrador.
- Sí desaparece la derivación automática por ser administrador.
- La carga de la prueba pasa a Hacienda.
Efectos prácticos para pymes y administradores
- Procedimientos en curso no firmes: se puede invocar la doctrina para exigir motivación reforzada.
- Nuevas derivaciones: la AEAT tendrá que acreditar hechos concretos y su conexión con el perjuicio fiscal.
- Defensa: gana peso demostrar diligencia continuada del órgano de administración.
Cómo actuar (en Arias recomendamos)
- Invocar la STS 3465/2025 en alegaciones/recursos si hay derivación.
- Pedir individualización: qué decisión se imputa, cuándo y con qué efecto.
- Aportar diligencia: actas, correos, atención a notificaciones, calendarios fiscales, decisiones de tesorería, intentos de acuerdo o concurso cuando tocaba.
- Rebatir genéricos: solicitar que se retiren afirmaciones sin hechos ni prueba.
Checklist de “diligencia probada”
- Calendario fiscal cumplido y justificantes de presentación.
- Notificaciones electrónicas atendidas en plazo.
- Libros sociales/actas al día: financiación, planes de viabilidad, medidas de control.
- Trazabilidad de pagos y acuerdos con AEAT/proveedores.
- Protocolos internos para prevenir incumplimientos.
- Asesoramiento documentado: informes y recomendaciones seguidas (o motivos de no seguirlas).
En Arias trabajamos este “dossier de diligencia” durante todo el año, no solo cuando llega un requerimiento. Así, si surge la derivación, la defensa ya está preparada.
Lo que no cambia
La sociedad debe sus impuestos. El administrador responderá si consiente infracciones, no actúa para evitarlas o incumple deberes societarios (disolución, concurso, custodia documental). La novedad es que ahora Hacienda debe probar que hubo culpa o dolo, no presuponerse.
Preguntas rápidas
¿Basta con citar la sentencia? No: hay que invocarla y aportar evidencias de diligencia.
¿Sirve para expedientes antiguos? Para actos no firmes, sí puede usarse en alegaciones y recursos.
¿Puedo relajar controles internos? No. La mejor defensa sigue siendo la prevención y la trazabilidad diaria.
Conclusión Arias