Cómo deducir el teléfono móvil y el internet siendo autónomo: lo que acepta Hacienda en 2026

Cómo deducir el teléfono móvil y el internet siendo autónomo

Cómo deducir el teléfono móvil y el internet siendo autónomo: lo que acepta Hacienda en 2026

El teléfono móvil y la conexión a internet son, para la gran mayoría de autónomos, herramientas de trabajo tan imprescindibles como cualquier otro equipo. Y sin embargo, son dos de los gastos que más problemas generan en inspecciones. No porque la deducción esté prohibida, sino porque las condiciones que exige Hacienda para aceptarla son más estrictas de lo que muchos asesores aplican en la práctica.

En julio de 2025, la Dirección General de Tributos publicó la Consulta Vinculante V1233-25, que confirmó un criterio que ya se venía aplicando pero que ahora está formalizado: para deducir un móvil o un portátil, la afectación a la actividad debe ser directa y exclusiva. Cualquier uso personal, aunque sea ocasional, puede llevar a la denegación de la deducción en IRPF.

A continuación explicamos cómo funciona esto en la práctica, qué diferencia hay entre IRPF e IVA, cuándo se puede deducir el internet de casa y qué documentación es necesaria para sostener la deducción si llega una comprobación.

La regla de partida: afectación exclusiva en IRPF, proporcionalidad en IVA

Antes de entrar en cada caso concreto, hay que entender que el IRPF y el IVA no funcionan igual en este punto, y confundirlos es uno de los errores más habituales.

En IRPF, la normativa exige que el bien o servicio esté afecto directa y exclusivamente a la actividad económica para ser deducible. Esto significa que si el mismo móvil o la misma línea se usan también para llamadas personales, fotos familiares o redes sociales propias, Hacienda puede considerar que no hay afectación exclusiva y rechazar la deducción íntegra. No hay un porcentaje admitido para uso mixto en IRPF, salvo para los suministros de vivienda, que tienen su propia fórmula específica.

En IVA, el criterio es diferente: se permite la deducción proporcional al uso profesional, siempre que ese porcentaje esté justificado de forma objetiva y coherente con la actividad. Esto abre más posibilidades en la práctica, pero también requiere documentación que lo respalde.

Cómo deducir el teléfono móvil: los tres escenarios posibles

1. Línea exclusivamente profesional, dispositivo exclusivamente profesional

Es el escenario más limpio y el que Hacienda acepta sin discusión. Si el autónomo tiene un número de teléfono destinado únicamente a la actividad —que figura en sus facturas, en su web, en sus comunicaciones con clientes y proveedores— y un dispositivo que no comparte con ningún uso personal, la deducción es del 100% tanto en IRPF como en IVA.

Para sostenerlo en una comprobación es importante que la factura de la línea esté a nombre del autónomo o su actividad, que el número esté en la documentación comercial, y que el dispositivo esté inventariado como herramienta de trabajo. Si el teléfono costó más de 300 euros, no se deduce íntegramente en el año de compra: hay que amortizarlo en función de su vida útil según las tablas de Hacienda.

2. Una única línea para uso personal y profesional

Es el caso más frecuente, y el más problemático en IRPF. Con una sola línea y un solo dispositivo que se usa tanto para la actividad como para la vida personal, la deducción en IRPF es técnicamente muy difícil de defender. La normativa no contempla un porcentaje de uso mixto para móviles fuera de la vivienda, y la Consulta V1233-25 de la DGT refuerza precisamente este criterio.

En IVA, en cambio, sí puede aplicarse una deducción proporcional si el autónomo puede justificar con criterios objetivos qué porcentaje del uso corresponde a la actividad. Pero ese porcentaje debe ser razonable y coherente con la actividad declarada: un diseñador freelance con uso intensivo de WhatsApp Business, email y gestión de proyectos puede argumentar un porcentaje alto; alguien que solo recibe alguna llamada esporádica de trabajo en ese mismo número, no.

3. Dos líneas: una personal y una profesional, en el mismo dispositivo

Una solución intermedia que muchos autónomos adoptan. Tener dos SIM —una personal y una exclusivamente profesional— en el mismo terminal permite deducir en IRPF los gastos de la línea profesional al 100%, siempre que esa línea esté debidamente documentada como herramienta de trabajo. Los gastos del dispositivo físico son más difíciles de deducir si se acredita que se usa para ambas líneas.

Cómo deducir el internet: depende de dónde trabajes

Si trabajas en un local u oficina independiente de tu domicilio

La factura de internet del local o despacho es deducible al 100% en IRPF e IVA, con la factura a nombre del autónomo o la actividad y el contrato vinculado a ese espacio. No hay limitaciones adicionales.

Si trabajas desde casa

Aquí entra en juego la fórmula de suministros de vivienda que establece la normativa para autónomos que trabajan desde su domicilio habitual. Para poder aplicarla, el autónomo debe haber comunicado a Hacienda el porcentaje de la vivienda destinado a la actividad al darse de alta (en el modelo 036 o 037). Sin ese trámite previo, la deducción es prácticamente indefendible en una comprobación.

Con ese porcentaje declarado, la deducción en IRPF se calcula así:

Deducción IRPF = 30% × porcentaje de m² afectos × importe de la factura

Ejemplo: si el despacho ocupa el 15% de la vivienda y la factura anual de internet es de 600 euros, la deducción en IRPF será del 30% × 15% × 600 = 27 euros. Es un importe modesto, pero es el que la normativa permite y el que Hacienda acepta sin contestar.

En IVA, el criterio cambió a partir de 2023 tras una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) que obligó a la Agencia Tributaria a admitir la deducción del IVA de suministros del hogar cuando el autónomo trabaja desde casa. El porcentaje deducible en IVA se corresponde con el porcentaje de metros cuadrados afectos: si el despacho es el 15% de la vivienda, se puede deducir el 15% del IVA de la factura de internet. Este porcentaje es independiente del 30% que se aplica en IRPF.

Si es posible contratar una línea de internet independiente para el despacho —router propio, contrato separado, factura a nombre del autónomo—, la deducción del IVA de esa línea específica puede defenderse al 100%, ya que estaría exclusivamente afecta a la actividad.

Qué documentación es necesaria para sostener estas deducciones

La deducción no depende solo de que el gasto exista: depende de que esté documentado de forma que pueda sostenerse si Hacienda lo revisa. Estos son los elementos básicos:

  • Factura completa a nombre del autónomo o su actividad, con NIF. Los tickets no son válidos para el IRPF.
  • Registro del gasto en el libro de gastos e inversiones en el periodo en que se produjo.
  • Para dispositivos: inventario de herramientas y equipos de la actividad, con referencia del aparato, fecha de adquisición y valor.
  • Para la vivienda afecta: porcentaje declarado en el modelo 036/037 al darse de alta, coherente con los metros cuadrados reales del espacio de trabajo.
  • Para líneas profesionales: que el número figure en facturas emitidas, web corporativa, firma de correo electrónico o cualquier otro elemento de identificación profesional.
  • Para el IVA con uso mixto: un criterio objetivo y trazable que justifique el porcentaje aplicado, coherente con la actividad declarada.

Los errores que Hacienda detecta con mayor frecuencia

En las comprobaciones de estos gastos, los problemas más habituales que detectan los asesores fiscales son los siguientes:

  • Deducir el móvil personal al 50% o al 80% en IRPF sin disponer de una línea o dispositivo exclusivamente profesional. La normativa no contempla ese porcentaje para bienes de uso mixto fuera de la vivienda.
  • Deducir el internet de casa sin haber declarado previamente el porcentaje de vivienda afecta en el modelo de alta. Si no está declarado, no hay base para la deducción.
  • No tener la factura a nombre del autónomo: la factura a nombre de un conviviente o de la unidad familiar no permite la deducción.
  • Amortizar incorrectamente los dispositivos. Un móvil o un ordenador de más de 300 euros no se deduce íntegro en el año de compra: debe amortizarse según las tablas de Hacienda.
  • Deducir en IRPF e IVA exactamente el mismo porcentaje cuando las reglas de cada impuesto son distintas, lo que genera incoherencias que los cruces de datos de Hacienda detectan.

La recomendación práctica

La solución más eficiente en términos fiscales y de seguridad jurídica es la misma que aplica a otros bienes de uso potencialmente mixto como el vehículo: separar el uso personal del profesional de forma que sea objetivamente verificable.

En la práctica esto significa tener una línea de teléfono exclusiva para la actividad —aunque se comparta el dispositivo físico—, con esa línea identificada en toda la documentación comercial. Para el internet de casa, lo más limpio es declarar correctamente el porcentaje de vivienda afecta al darse de alta y aplicar la fórmula del 30% en IRPF sin intentar ir más allá, ya que es la que Hacienda acepta sin resistencia.

Si tienes dudas sobre cómo tienes registrados estos gastos en tu contabilidad o si tu situación tiene particularidades —actividad muy digital, uso intensivo de dispositivos, domicilio fiscal en casa— es recomendable revisarlo con un asesor antes de la campaña de renta.

Preguntas frecuentes sobre la deducción del móvil y el internet para autónomos

¿Puedo deducir el móvil que uso también para temas personales?

En IRPF, no. La normativa exige afectación exclusiva a la actividad para que un dispositivo sea deducible. Si el mismo teléfono se usa también de forma personal, Hacienda puede rechazar la deducción íntegra. En IVA sí puede aplicarse una deducción proporcional al uso profesional, si ese porcentaje está justificado de forma objetiva y coherente con la actividad.

¿Cuánto puedo deducir del internet si trabajo desde casa?

En IRPF, la deducción se calcula aplicando el 30% sobre el porcentaje de metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad, que debe estar declarado en el modelo 036 o 037. En IVA, el porcentaje deducible equivale directamente al porcentaje de m² afectos, sin aplicar ese 30% adicional.

¿Qué dice la DGT sobre la deducción del móvil?

La Consulta Vinculante V1233-25, de julio de 2025, confirma que los dispositivos electrónicos —móviles, portátiles— solo son deducibles en IRPF si están afectos directa y exclusivamente a la actividad profesional. Cualquier uso personal, aunque sea puntual, puede ser motivo de denegación.

¿Necesito tener dos teléfonos para deducir el móvil?

No necesariamente dos dispositivos, pero sí dos líneas. Tener una SIM exclusivamente profesional —con ese número en la documentación comercial— permite deducir los gastos de esa línea en IRPF aunque el terminal sea compartido. Lo que no es válido es deducir un porcentaje del único número que existe si ese número también tiene uso personal.

¿Puedo deducir el IVA del internet de casa aunque trabaje desde allí?

Sí, desde 2023 la Agencia Tributaria admite la deducción del IVA de suministros del hogar —incluyendo internet— cuando el autónomo trabaja desde su domicilio. El porcentaje deducible se corresponde con el porcentaje de m² afectos a la actividad declarado en el modelo de alta. Sin ese porcentaje declarado, la deducción no es sostenible.

¿Hay que amortizar el teléfono o se puede deducir entero el año de compra?

Si el dispositivo cuesta más de 300 euros, se considera un bien de inversión y debe amortizarse a lo largo de su vida útil según las tablas de Hacienda, no deducirse íntegro en el año de compra. Los accesorios vinculados a la actividad —auriculares profesionales, cargadores, fundas de trabajo— sí pueden deducirse en el año de adquisición si tienen un coste inferior a ese umbral.