13 May Los propietarios de locales comerciales deben contribuir a los gastos de instalación de un ascensor
El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia (n.º 152/2024, de 6 de febrero, ECLI:ES:TS:2024:475) que aborda la contribución de los propietarios de locales comerciales en los costos de instalación ex novo de un ascensor en la comunidad. Esta decisión surge de una disputa entre los propietarios de locales comerciales y la comunidad de propietarios de un edificio.
Disputa y argumentos
Los propietarios de los locales comerciales impugnaron la decisión de la comunidad de instalar un ascensor y distribuir los costos según el coeficiente de participación de cada propietario. Alegaron que no utilizaban el ascensor regularmente y que, según los estatutos, estaban excluidos de los gastos del ascensor. Sin embargo, se les impuso la obligación de pagar por coeficiente, contrario a lo estipulado en la escritura de división horizontal.
Decisiones judiciales
Tanto la sentencia de primera instancia como la audiencia provincial desestimaron la demanda, afirmando que los propietarios de locales deben contribuir a los gastos del ascensor. La audiencia provincial señaló que los demandantes podrían haber propuesto alternativas en la junta de propietarios o solicitar una modificación a través de un juicio declarativo.
Recuso de casación y decisión del Tribunal Supremo
Uno de los propietarios de locales comerciales interpuso un recurso de casación, argumentando que el acuerdo de contribución era impugnable directamente. El Tribunal Supremo decidió que los propietarios de locales deben contribuir al gasto de instalación del ascensor, ya que su exclusión podría ser abusiva para otros propietarios. Además, consideró que la contribución por coeficiente era justa, ya que afectaba a todos los propietarios por igual.
Conclusión
La Sala desestimó el recurso de casación y ordenó al recurrente pagar las costas del recurso, confirmando así la obligación de contribuir de los propietarios de locales comerciales en los gastos de instalación del ascensor.
Esta sentencia del Tribunal Supremo establece un precedente importante en cuanto a la contribución de los propietarios de locales comerciales en los gastos comunes de una comunidad, asegurando una distribución equitativa de los costos para todos los propietarios.
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