Paro para autónomos

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Paro para autónomos

Recientemente, a través de un comunicado emitido por el Poder Judicial el 2 de febrero de 2024, se ha dado a conocer una resolución del Juzgado de lo Social n.º 4 de Santander que marca un cambio significativo en los requisitos para acceder a la prestación por cese de actividad para autónomos. En este fallo, se establece que no es indispensable sufrir pérdidas del 10% para obtener dicha prestación, sino que bastará con demostrar que los ingresos son tan bajos que impiden la continuidad del negocio.

Este veredicto sienta un precedente importante en la interpretación de la normativa laboral relacionada con el cese de actividades por motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos. En el caso en cuestión, el autónomo detuvo su actividad comercial después de un periodo de ingresos insuficientes, documentando ganancias de 5.079 euros en 2021 y un descenso a 1.543 euros en 2022. Además, se argumentaron problemas técnicos, como la falta de cobertura de voz y datos, que derivaron en quejas y pérdida de clientela. Todo esto se sumó a un contexto empresarial desafiante, incluido un apercibimiento de cierre del punto de venta debido a una baja productividad.

Basándose en estas circunstancias, el demandante solicitó la prestación argumentando que, a pesar de no haber sufrido pérdidas superiores al 10%, los ingresos obtenidos fueron tan limitados que hicieron inviable continuar con el negocio. Tras examinar la normativa vigente, que menciona una serie de situaciones que justificarían la obtención de la prestación, incluidas las pérdidas del 10%, el juez destacó que «la normativa requiere la acreditación de motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos determinantes de la inviabilidad de seguir con la actividad».

El juez agregó que la norma enumera casos en los que se entendería automáticamente la presencia de dichos motivos que habilitan la prestación, pero que esta lista no excluye la posibilidad de que existan otros motivos igualmente válidos. Por lo tanto, el fallo concluye que es adecuado estimar la demanda, ya que el autónomo «ha demostrado motivos económicos, técnicos y productivos determinantes de la inviabilidad de continuar con la actividad empresarial».

Esta sentencia abre la puerta a una nueva interpretación de los requisitos para acceder a la prestación por cese de actividad para autónomos, permitiendo que aquellos que experimenten situaciones de viabilidad comprometida, aunque no se traduzcan en pérdidas estrictamente cuantificables, puedan ser considerados para recibir este apoyo financiero. La sentencia, susceptible de apelación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, representa un precedente legal significativo y un posible punto de referencia para casos futuros similares.