Ayudas de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la COVID-19

Ayudas de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la COVID-19

El gobierno de España publicó en el Real decreto ley 5/2021 una nueva línea de ayudas directas a autónomos y empresas, que tiene como objetivo que las comunidades autónomas concedan ayudas directas a los autónomos y empresas de los sectores más afectados por la pandemia.

La Generalitat de Catalunya mediante la ORDRE ECO/127/2021, de 14 de Juny nos aclara como presentar la solicitud y quién puede tramitarla. Aquí os dejamos los requisitos e información básica:

  • Pueden solicitarla las empresas y/o profesionales autónomos que ya tuvieran actividad durante el 2019 y 2020, y que la continúen ejerciendo en la actualidad.
  • La ayuda estará destinada a pagar deudas que se hayan generado en el período 1/03/2020 al 31/05/2021, y por tanto la ayuda será en base a la deuda acreditada. La deuda mínima a acreditar deberá ser no inferior a 4.000€ (deudas con proveedores, con administraciones, con entidades bancarias, etc…)
  • Además de acreditar dicha deuda, se deberá acreditar un descenso de más del 30% de la facturación en 2020 respecto a 2019.
  • La inscripción previa a la ayuda, que servirá como solicitud, se podrá realizar desde el día 21 de Junio hasta el próximo 30 de Junio 2021.
  • Para aquellos autónomos que tributan por módulos, se podrá recibir una ayuda de hasta 3.000€, mientras que el resto de empresas y profesionales autónomos podrán recibir entre 4.000€ i 200.000€, siempre en función de la deuda acreditada.
  • Estas ayudas son compatibles con el resto de ayudas percibidas en cada caso, si no se han recibido más de 1,8 millones de € en otras ayudas directas.
  • El orden de inscripción a partir del próximo lunes día 21 de Junio no se tendrá en cuenta para la concesión de las ayudas.

Recordamos a nuestros clientes que en caso de que entiendan que pueden acogerse a dicha ayuda, tanto por período de actividad, deuda contraída y descenso de facturación de 2020 respecto a 2019, se pongan en contacto con nosotros en los medios habituales de contacto: telf.. 93 454 50 95 y correo electrónico fiscal@ariasassessors.com